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HOMOLOGACIÓN AD’IP de Empresas Instaladoras – Revista AD’IP N.º 43

REVISTA AD’IP N.º43AGOSTO 2020 

SECCIÓN INTERESA AL PROFESIONAL – HOMOLOGACIÓN AD’IP

 

HOMOLOGACIÓN AD’IP

El pasado 8 de mayo de 2020 AD’IP Asociación Española hacía público el acuerdo firmado con el Consejo General de la Arquitectura Técnica de España, CGATE, mediante el que se ponían las bases para llevar a cabo el estudio,

desarrollo, seguimiento y supervisión de la implantación y puesta en marcha del sistema de Homologación de las Empresas Instaladoras que esta Asociación representa en todo el ámbito nacional.

En la anterior Publicación N.º 42 de la Revista AD’IP se dedicaba un espacio a la presentación de este acuerdo y al inicio de esta distinción de calidad.

 

Una de las claves que desde la Asociación se tienen muy claras desde el principio del inicio del diseño, el establecimiento de las bases y la puesta en marcha del desarrollo de esta iniciativa, es que el rigor y la transparencia deben de acompañarla en todo momento, además de contar con una supervisión y evaluación objetiva y de reconocido prestigio en el sector. En base a ese ejercicio de transparencia se siguen trasladando en esta publicación los avances y la evolución de esas mesas de trabajo establecidas con el CGATE y su Gabinete Técnico.
Desde AD’IP Asociación Española se pone el acento en el claro objetivo de ofrecer un distintivo de calidad, de conocimiento, formación, de compromiso y de un servicio con garantía para el sector y para la sociedad, sin ningún fin ni condicionante económico y sometido exclusivamente a un control técnico riguroso e independiente. El reconocimiento a esta labor previa, a la implantación, evaluación, acreditación y posterior seguimiento será algo que se irá ganando con el propio recorrido del buen hacer de esta iniciativa.
Ese reconocimiento a la HOMOLOGACIÓN AD’IP se reforzará con acuerdos sectoriales, con promotores, con cadenas hoteleras o asociaciones de hostelería y restauración, con prescriptores, administradores de fincas, con distintos colectivos que de forma directa o indirecta llegan a necesitar de la contratación de los diferentes y amplios servicios que los Instaladores representados por AD’IP Asociación Española pueden prestar, de forma que se le dé prioridad de contratación a una Empresa HOMOLOGADA AD’IP por encima de cualquier otra, en virtud de las garantías que le va a suponer contar con un listado de Empresas de contrastada solvencia.
En estos primeros pasos se han determinado las Especialidades a Homologar, el Objeto de la Homologación, los Requisitos que tendrán que cumplir las empresas y cuál sería el proceso conciso reflejado en el Flujograma de la HOMOLOGACIÓN AD’IP.
El siguiente paso será el establecer el Comité Técnico Independiente de Evaluación, sus miembros, coordinación, atribuciones y procedimiento.
AD’IP Asociación Española continúa con ese compromiso de ir paso a paso, estableciendo unas bases sólidas y una estructura de desarrollo, implantación y seguimiento que aporte la adecuada garantía y el debido reconocimiento, y con el objetivo que en 2021 la HOMOLOGACIÓN AD’IP de empresas Instaladoras sea una realidad.

-Se establecen las Especialidades que podrán acreditarse dentro de la HOMOLOGACIÓN AD’IP cuyo ámbito pasará a ser determinado y definido en este proceso de desarrollo-

-Definiciones previas para el desarrollo de la Homologación AD’IP-

OBJETO

La HOMOLOGACIÓN AD’IP es un procedimiento que tiene por objeto crear un distintivo de calidad a nivel estatal para Empresas Instaladoras de Sistemas de Construcción Seca, Falsos Techos, Aislamientos y Revestimientos, representadas por AD’IP Asociación Española, y que responde a unos criterios de cumplimiento de profesionalidad en el servicio, conocimientos técnicos y compromiso de su formación continua; cumplimiento de normativas laborales, fiscales, de prevención de riesgos laborales y vigilancia de la salud de sus trabajadores; una solvencia económica y financiera, solvencia de medios propios, compromiso de respeto por el medio ambiente, un compromiso por el cumplimiento de una ética profesional y garantía en el tiempo del trabajo desarrollado con un buen servicio de atención al cliente. Un distintivo que será supervisado por un comité técnico de prestigio e independiente y que tendrá un carácter de vigencia bienal.

 

REQUISITOS

Los requisitos que tendrán que cumplir las Empresas Instaladoras Asociadas que soliciten iniciar este procedimiento para su clasificación y acceso a la fase de Evaluación por el Comité Técnico Independiente para obtener la HOMOLOGACIÓN AD’IP, en la/s especialidad/es que se acrediten, estarán dentro de los siguientes apartados:
  • Tiempo mínimo de formar parte de la Asociación, asumiendo su código ético, cumpliendo con la documentación
  • Acreditación del cumplimiento de las obligaciones fiscales y laborales, así como de la prevención de riesgos laborales y vigilancia de la salud.
  • Acreditar la experiencia de la Empresa dentro estos campos de instalación que representa AD’IP Asociación Española y en la/s especialidad/es que se pretenda acreditar.
  •  Asegurar una estructura mínima de personal propio fijo de la empresa y con la organización adecuada.
  • Acreditar la experiencia laboral, especialización y formación de los trabajadores, donde la acreditación de competencias y formación técnica y continuada del personal para cada una de sus adecuadas funciones será representativa.
  • Medios propios o estructura de coordinación justificada de los mismos que acrediten la garantía para acometer los trabajos de forma adecuada.
  • Certificados de idoneidad para la acreditación de la adecuada ejecución de los trabajos.
  • Acreditación de solvencia económico-financiera.
  • Compromiso con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).
  • Compromiso de trasmitir estos requisitos y obligaciones de cumplimiento a la subcontratación.

 

FLUJOGRAMA

La HOMOLOGACIÓN AD’IP llevará consigo un proceso que se verá reflejado por los siguientes pasos:

HOMOLOGACIÓN AD’IP,

Objetivo 2021

 

En primer lugar, se hizo un profundo análisis de la situación y un estudio de todos los trabajos y todas las aportaciones con las que se contaba en AD’IP Asociación Española con respecto a la necesidad y la importancia para la profesión y el sector de la implantación de un sistema de Homologación de Empresas Instaladoras.
Desde la Asociación se tenía muy claro que no se trataría de cumplir con una mínima aportación documental y de una simple validación interna a toda Empresa Asociada. Habría que incorporar un control y evaluación técnica, objetiva y externa a la Asociación, que ofreciera garantías de profesionalidad y de cumplimiento de unos requisitos previamente establecidos para cumplir con el perfil de una Empresa HOMOLOGADA AD’IP y dentro de la/s especialidad/es que se le pudieran atribuir, de acuerdo con su capacidad real de instalación.
A partir de ello se formalizó el acuerdo con el CGATE que, con su amplia experiencia y total implicación, ha permitido encauzar adecuadamente esta iniciativa desde sus inicios.
Como se ha ido enumerando, tras el Objeto concreto de la HOMOLOGACIÓN AD’IP se establecieron las Especialidades, se determinaron los Requisitos, ya totalmente concretados a nivel interno, y se estableció el Flujograma de todo el Proceso de Homologación.
Aún queda mucho trabajo, documentación y acuerdos que seguir elaborando y en los que continuar trabajando. El siguiente paso de la configuración del Comité Técnico será un avance importante y un gran impulso, al igual que los futuros acuerdos de compromisos de reconocimiento de la Empresa HOMOLOGADA AD’IP.

 

¿Qué Empresas Instaladoras podrán Homologarse?

Se podrán homologar las empresas asociadas en AD’IP Asociación Española, que ya asuman por tanto su código ético y cuenten con las certificaciones obligatorias de estar al día en su responsabilidad fiscal y laboral, y que cumplan con los Requisitos exigidos para poder acceder al análisis previo y de posterior clasificación de Especialidad a Homologar.
El Análisis y Clasificación previa lo realizará la comisión designada por el Área Técnica y de Formación de AD’IP Asociación Española. Estas empresas que se clasifiquen para acceder a la posterior evaluación del Comité Técnico independiente cumplirán de forma adecuada y exhaustiva todos los Requisitos establecidos, asumiendo que cualquier posible valoración previa que no se ajuste a esos términos determinaría un posterior dictamen negativo del Comité Técnico evaluador.

¿Una Empresa Instaladora podrá Homologarse en más de una Especialidad?

Dentro del cumplimiento de los Requisitos exigidos en el análisis previo para que estas Empresas entren posteriormente en el Proceso de Evaluación, se establece una clasificación en base a la documentación y certificación aportada, en cuanto al trabajo real efectivo y contrastado que desarrolla esa Empresa. Si la Empresa cumple con las garantías suficientes de estar capacitada para el desarrollo de la Actividad en más de una de las Especialidades establecidas se le podrá Homologar, en este proceso o en uno posterior, en todas aquellas en que lo cumpla.

¿Qué beneficio le representará a una Empresa Instaladora el tener una Homologación AD’IP?

El distintivo de calidad a nivel estatal con supervisión técnica objetiva e independiente, con el cumplimiento de unos niveles exigentes de Requisitos de experiencia, formación, estructura, medios, de solvencia y certificación de trabajos que representará una Homologación AD’IP, ofrecerá al sector y a toda la sociedad una garantía de profesionalidad, servicio y calidad contrastada.
Esta iniciativa de trabajo, que se está desarrollando de forma transparente y objetiva para todo el sector, llevará consigo un reconocimiento claro del perfil de esa Empresa HOMOLOGADA AD’IP y permitirá realizar acuerdos que faciliten una prioridad de contratación al listado público que la Asociación compartirá con todas las entidades y corporaciones con las establezca esos acuerdos.

¿Una Empresa Instaladora Asociada que no esté Homologada tendrá menos garantías?

Una Empresa Asociada en AD’IP Asociación Española, por el hecho de pertenecer a esta Asociación, es una Empresa que asume un código ético y anualmente certifica su cumplimiento con las obligaciones fiscales y laborales, en materia de seguros y prevención. Es una Empresa que tiene a su disposición información actualizada del sector, dispone de formación técnica, tiene posibilidad de asesoramiento en cualquier problema que le pueda surgir en el desarrollo de su profesión y comparte con muchos otros empresarios sus dudas e inquietudes.
El obtener la Homologación AD’IP es un nivel de más alta exigencia y de más alto compromiso de actuación y de evaluación externa para que, de forma pública y objetiva, se garantice el ejercicio de prestación del servicio de Empresa y su alto nivel de profesionalidad. El hecho de ser una Empresa Asociada y no incorporarse a este proceso no implica, en ningún caso, que no desarrolle de forma adecuada y comprometida sus instalaciones. Será una valoración que cada Empresa realizará en base al nivel de evaluación y certificación de garantías que quiera ofrecer.

¿A partir de cuándo se podrá disponer de la Homologación AD’IP?

Desde AD’IP Asociación Española se trabaja para poder implantar la HOMOLOGACIÓN AD’IP a partir de 2021.
Este es un objetivo de trabajo, pero los plazos no van a condicionar el proceso. La Homologación será un hecho cuando esté perfectamente diseñada, estructurada y coordinada. La Asociación continuará exponiendo sus avances de forma clara y transparente al sector y seguirá trabajando para que, cuando se inicie la implantación de la HOMOLOGACIÓN AD’IP de Empresas Instaladoras, tenga el máximo rigor y la mejor capacidad de gestión.

 

Área Técnica y Formativa de AD’IP Asociación Española

 

Más información interesante en nuestra última Revista AD’IP N.º 43






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